Política
¿Qué funcionarios deberán hacer públicas sus declaraciones juradas?
Este miércoles, la Legislatura provincial aprobó la ley Nº 7677 que modifica los artículos 8º y 11º de la ley 5428 –de Ética Pública- y ahora los funcionarios deberán hacer públicas sus declaraciones juradas.

Jueves, 8 de octubre de 2015
El nuevo artículo 8º dice: “Las declaraciones juradas patrimoniales presentadas por las personas físicas detalladas en el articulo 9º de la presente, revisten el carácter de públicas, detalladas, de libre accesibilidad y podrán ser consultadas por toda persona interesada en forma gratuita a través de la pagina web de la Escribanía General de Gobierno, de conformidad con el procedimiento que establezca la reglamentación".
Los funcionarios alcanzados por el artículo son: Gobernador, Vice, diputados, miembros del Superior Tribunal de Justicia, el Escribano general de gobierno, autoridades del Tribunal de Cuentas, y los que tengan cargos de comisarios en adelante, como miembros del Consejo de la Magistratura, jueces de primera instancia en adelante, procurador, intendentes, concejales, gabinete del intendente, categoría de secretario o subsecretario. Lo mismo deberán presentar el Defensor del Pueblo y, en el caso de la Policía, desde el que tiene el cargo de comisario en adelante, incluyendo al Jefe de la Policía.
Así, se obliga a la mayoría de los funcionarios de los tres poderes - legislativo, judicial y ejecutivo- a presentar declaraciones juradas que sean públicas, detalladas, de libre accesibilidad y que puedan ser consultadas de forma interesada por la sociedad.
Fuente: DiarioTAG