Viviendas
Se encuentra abierta la inscripción al registro de Deudores Hipotecarios
El Ministerio de Gobierno recuerda a la ciudadanía que se encuentra abierta la Inscripción al Registro de Registro de Deudores Hipotecarios de Vivienda Única creado por Ley Nº 7255, dependiente de esta jurisdicción.
Miércoles, 19 de agosto de 2015
              


El Registro mencionado es coordinado por la Subsecretaría de Asuntos Registrales, conforme lo dispuesto por Resolución Ministerial Nº 679/15 y permanecerá abierto hasta el 15 de septiembre inclusive; dándose de esta manera cumplimiento del término legal de 60 días hábiles, contados desde el 1 de junio del corriente año.

Los interesados deberán presentar ante la Mesa de Entradas y Salidas del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad, ubicado en Casa de Gobierno, (Marcelo T. de Alvear N°145, cuarto piso), acompañados de la siguiente documentación:

1.Nota de estilo dirigida a la Subsecretaria de Asuntos Registrales Esc. Noelia Dina Canteros, solicitando su inscripción en el respectivo Registro, constituyendo domicilio a los efectos de la notificación. Dicha nota deberá consignar nombres y apellidos, domicilio real, número de documento nacional de identidad, o en su caso datos identificatorios de la sucesión indivisa y la firma del solicitante y/o representante legal.

2.Fotocopia certificada por escribano público del título de propiedad y del título constitutivo del gravamen (si no constare en el mismo acto de adquisición).

3.Fotocopia certificada por escribano público del documento nacional de identidad del solicitante.

4.Fotocopia certificada por escribano público del instrumento por el cual es designado representante legal, para el caso de sucesiones indivisas.

5.Informe de estado de deuda expedida por el acreedor hipotecario comprendiendo deuda original, total, moneda pactada, sistema de amortización, plazo y número de cuotas, tasa de interés, intereses compensatorios y punitorios y nivel de cumplimiento de pago.

6.Declaración Jurada de: a) si existe o no proceso judicial de ejecución hipotecaria, y si existiese en qué estado se encuentra el mismo. b) ser beneficiario de mutuo garantizado con derecho real de hipoteca otorgado antes del 31 de Julio de 2.002 y tener el bien hipotecado por destino la adquisición, mejora y construcción y/o ampliación de la vivienda única familiar y de ocupación permanente, manteniéndose dicho destino al momento de la inscripción en este Registro.

Para mayor información comunicarse al 0362-4448039.



Fuente: Chaco Prensa
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