Accesibilidad
El INADI difundió recomendaciones para garantizar elecciones inclusivas
Se pretende que todos los ciudadanos puedan ejercer su derecho a votar en igualdad de condiciones.
Domingo, 9 de agosto de 2015
              

En el marco de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias nacionales que se realizan este domingo en nuestro país, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) difundió una serie de recomendaciones para autoridades y votantes, a fin de garantizar elecciones inclusivas.

La accesibilidad electoral está vinculada a la implementación de medidas y procedimientos que garanticen en la práctica el derecho a votar de aquellas personas que ven limitada su participación plena y efectiva en el proceso, al existir diversas barreras que se lo impiden.

Esto abarca a personas con discapacidad y/o limitaciones que interfieran en su desplazamiento, visión, orientación y comunicación. A su vez, adultos mayores, mujeres embarazadas, personas que sufren lesiones temporales en miembros superiores o inferiores y personas con "discapacidades invisibles” (pacientes con cardiopatías, diálisis o en tratamientos oncológicos, personas con padecimiento mental no incapacitante, entre otras).

La recomendación advierte que se puede solicitar prioridad de voto o acceso al cuarto oscuro accesible (COA), dependiendo de la necesidad del ciudadano. El COA será habilitado en el espacio de más fácil acceso y más cercano a la entrada del lugar de votación, señalizado para que pueda ser identificado en forma sencilla.

Debe contar con el dispositivo de voto para personas con discapacidad visual que consta de un portaboletas con identificación, para que mediante el tacto se pueda seleccionar cualquier lista partidaria.

En caso de requerir apoyo para la firma del padrón, el elector debe indicar a la autoridad de mesa el modo en que necesita ser asistido para efectuar el registro. De no poder hacerlo, el presidente deberá firmar y anotar tal circunstancia en las Observaciones del padrón.

Del mismo modo, si el votante prefiere sufragar en el cuarto oscuro correspondiente a la mesa en la que está registrado, la autoridad de mesa deberá respetar su decisión y ofrecerle asistencia para ejercer su voto. O bien, puede ser asistido por una persona de confianza mayor de 18 años, que deberá acreditar su identidad ante el presidente de mesa, quien dejará registrados sus datos. Si concurre con un perro guía deberán permitirles el ingreso al cuarto oscuro.

Voto joven

El INADI recordó que los ciudadanos de 16 años de edad, o más, tienen derecho a votar y que, si bien este fragmento de la población aunque no reciban una sanción por no votar, el ejercicio del voto es obligatorio porque fortalece la democracia.

Personas Adultas Mayores

Aquellas personas mayores de 70 años tienen derecho a votar en igualdad de condiciones, pudiendo exigir que se garantice tu acceso al lugar de votación y la asistencia que requieras, según el caso.

Personas trans

Las personas transexuales tienen derecho a exigir un trato respetuoso y acorde a tu identidad autopercibida para que puedan ejercer su derecho a votar en igualdad de condiciones y sin discriminación.

Los que trabajan

Los ciudadanos que se encuentren trabajando en el día y horario de la elección, tendrán derecho a ir a votar sin que esto implique una deducción en su salario no el cumplimiento de horas extras por haberse ausentado.


Fuente: Primera Linea
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