Salud
Adhesión provincial a la ley de reproducción medicamente asistida
El ministro de Salud Pública, Hugo Sager, destacó el valor social de la reciente adhesión provincial a la Ley nacional 26.862, de reproducción medicamente asistida. Aseveró que se trata de una “igualación de derechos” que garantiza el acceso equitativo a procedimientos y técnicas médico-asistenciales a toda mujer chaqueña que desee tener un hijo. “Esta norma cubre la necesidad de ser madres o padres a aquellas personas que no pueden procrear por medios naturales”, explicó.
Viernes, 31 de julio de 2015
              
Remarcó así que la reproducción o fertilización asistida en el Chaco será, a partir de ahora, un derecho que garantizará el Estado y que deberán asumir las obras sociales y prepagas. “Este proyecto del Ejecutivo, presentado a la Legislatura por el gobernador Jorge Capitanich como parte de un paquete de leyes sanitarias, coloca a la Provincia en un nivel muy por encima de otras jurisdicciones hermanas donde todavía están debatiendo su implementación”, indicó.

La Legislatura sancionó, este miércoles, la Ley 7645 -impulsada por el Poder Ejecutivo- a través de la cual la Provincia adhiere a la Ley Nacional 26.862, con el Ministerio de Salud Pública provincial como autoridad de aplicación y encargada de instrumentar las acciones tendientes a garantizar la implementación de la norma. Entre otras cosas, se incorpora la cobertura de estos procedimientos y técnicas dentro de las prestaciones obligatoria del Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (INSSSEP).

“Esta concreción de derechos hoy está garantizada, también, por la obra social provincial que puede cubrir o asumir la cobertura de dichas prácticas para los niveles de mayor complejidad, que muchas veces se hacen inalcanzables por su costo”, comentó Sager. Destacó también la predisposición del INSSSEP de asumir el mayor costo, quedando solamente para el paciente y afiliado el coseguro médico.

La normativa nacional, en su artículo octavo, establece que la cobertura debe estar garantiza por el sector público de salud, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga, entre otros prestadores, brindando a sus afiliados la cobertura integral e interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y terapias de apoyo y los procedimientos y técnicas que la Organización Mundial de la Salud (OMS) define como de reproducción médicamente asistida. De esta forma, estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO), con los criterios y modalidades de cobertura que establezca la autoridad de aplicación.

“El contexto en el que se está dando el surgimiento de estas leyes que garantizan derechos, que no es otro que un país distinto y una provincia distinta, con una mirada que nos pone a la altura de ideas progresistas que permiten que todos, pero fundamentalmente los sectores más vulnerables, accedan a la posibilidad de concretar sueños tan importantes como el de llegar a ser padres”, concluyó.


Fuente: Dirección de Prensa y Difusión

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