Locales
Las consecuencias de no ir a votar
Los chaqueños debemos votar este domingo a quienes serán los candidatos que competirán por la gobernación, la intendencia, las diputaciones y las concejalías del Chaco y de las distintas localidades de la provincia.
Domingo, 24 de mayo de 2015
              



A las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) no se puede faltar. No concurrir a sufragar equivale a transgredir la ley 4169 en su artículo 119. Allí expresa que se impondrá una multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 que no vote y no justifique ante el juez de Paz del domicilio o Tribunal Electoral dentro de los 60 días de las elecciones.


Este domingo se vota a quienes serán los candidatos que competirán por la gobernación, la intendencia, las diputaciones y las concejalías.

Están justificados a no votar los jueces y sus auxiliares, los que el día de la elección se encuentren a más de 300 kilómetros del lugar donde deban votar (como ejemplo, es la distancia aproximada entre Resistencia y Miraflores) y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales ciudadanos se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima que le extenderá una certificación escrita que acredite la comparecencia.

En caso de que la justificación no se efectivice ante el Tribunal Electoral, el juez debe comunicar al infractor que no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Será causa suficiente para la aplicación de la multa, la constatación objetiva de la omisión no justificada. Los procesos y las resoluciones que se originen respecto de los electores que no consientan la aplicación de la multa, podrán comprender a un infractor o a un grupo de infractores.

El artículo 122 de la misma ley declara que el pago de la multa deberá efectivizarse dentro del plazo de diez días de dictada la sentencia que lo imponga. El tribunal al dictar sentencia fijará los días de arresto que corresponderán al infractor, conforme a la gravedad de la falta. Para el caso que la multa no sea abonada en el plazo señalado, se convierte automáticamente a un arresto impuesto por esta causa y se sumará al que eventualmente se hubiese fijado en la sentencia como pena conjunta.

Si no vota, el infractor no podrá realizar gestiones o trámites ante organismos estatales, provinciales o municipales durante un año a contar de la fecha de la elección.



Un cambio extraño en el padrón

El dirigente ambientalista y exfuncionario provincial Ramón Vargas se comunicó con la redacción de NORTE para señalar la extraña situación con la que se encontró a raíz de las PASO de este domingo.

Vargas, que vive en la calle Santa María de Oro al 1100 aproximadamente, siempre votaba en una escuela de Mendoza al 700 o en otra de avenida Alberdi a algunas cuadras de su domicilio. Pero este sábado descubrió que esta vez deberá sufragar en un establecimiento de Barranqueras situado cerca del puerto.





Fuente: Diario Norte
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