Denfensoría del Pueblo
Capitanich firmó el decreto que establece la estructura de Cargos
La estructura contempla al Defensor del Pueblo y Adjunto, hasta 8 miembros de gabinete, que deberán abandonar sus funciones una vez finalizada la gestión. Además, se crearán 30 nuevos cargos.

Sábado, 31 de marzo de 2012
El gobernador Jorge Capitanich firmó este viernes el decreto Nº 594/12 que crea la estructura de cargos para la Jurisdicción Defensoría del Pueblo mediante el cual también integra esta institución a la Ley Nº 4787 “de Organización, Funcionamiento y Administración Financiera del Sector Público Provincial”. La propuesta contempla una organización con una estructura de cargos.
De acuerdo al decreto, el Defensor del Pueblo estará auxiliado por un Adjunto, que lo asistirá en lo que respecte a la organización interna y funcional del organismo. En él podrá delegar funciones y lo sustituirá en el ejercicio de las mismas en los supuestos de ausencia, inhabilidad temporal o vacaciones.
El Defensor del Pueblo podrá designar hasta ocho cargos de gabinete (según las necesidades de servicio del Instituto), que deberán abandonar dichas funciones una vez finalizada la gestión del Defensor del Pueblo que los designó.
Para la planta de personal permanente de la Defensoría del Pueblo se crearán 30 nuevos cargos entre los que figuran cuatro para el puesto de Nivel Jerárquico Administrativo, seis profesionales serán parte del equipo de trabajo; un responsable de Mesa de Entradas, Salidas y Notificaciones; un responsable Área de Administración; un responsable Área de Recursos Humanos; dos asistentes administrativos; nueve escribientes; dos auxiliares administrativos; dos choferes y dos ordenanzas.
Además, de ser necesario, la estructura podrá ser cubierta con personal perteneciente a otras unidades de organización de la Administración Pública Provincial y se establecerán de acuerdo a un sistema de concurso cerrado. Para ello, el Defensor podrá efectuar los requerimientos pertinentes ante los titulares de los respectivos Poderes del Estado.
Las transferencias se realizarán por resolución y los cargos creados serán incorporados a la Estructura de Cargos del Presupuesto General de la Provincia, correspondiente al Ejercicio año 2012.
EL PRESUPUESTO
El decreto establece también que anualmente, el Defensor del Pueblo elevará a la Legislatura un proyecto de presupuesto para su funcionamiento, antes del 30 de setiembre de cada año, en el que hará constar sus necesidades para el año siguiente. Este presupuesto no podrá ser inferior al 1,5%, ni exceder 3% del presupuesto anual general del Poder Legislativo para el año inmediato anterior.