Locales
Nueva adhesión al régimen de responsabilidad fiscal
La Legislatura sancionó con 17 votos del oficialismo la Ley 7561 de autoría del Poder Ejecutivo por el cual se adhiere la Provincia del Chaco a la Ley Nacional Nº 26.530 de excepciones a la Ley Nacional Nº 25.917 -Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal- para el presente ejercicio. Desde la oposición la votación fue por su “mantenimiento en cartera”.
Jueves, 16 de abril de 2015
              



En tal sentido el Gobernador explicó en el texto que acompañó la iniciativa que “la Provincia del Chaco se encuentra adherida a la Ley Nacional Nº 25.917 por la Ley Provincial Nº 5.483, y la Ley Nacional 26.530 establece excepciones a la primera, en aquellas erogaciones que se hayan destinado a promover la actividad económica, a sostener el nivel de empleo y dar cobertura a la emergencia sanitaria y a la asistencia social, durante los ejercicios 2009 y 2010 y mediante la Ley Provincial Nº 6.481 se adhiere a esta norma nacional. Asimismo, la Provincia se adhirió a las sucesivas prórrogas mediante las Leyes Provinciales Nº 7.219 y Nº 7.355”.

Además determina que Ley Nacional 27008 mediante la cual se aprueba el Presupuesto General para la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2015, en su Artículo 52 se prorroga para el ejercicio 2015 las disposiciones contenidas en los Artículos 1º y 2 de la Ley Nacional 26530 e invita a las provincias a adherir a esta prórroga.

El texto adhiere la Provincia del Chaco a la prórroga de los efectos de la Ley Nacional 26530, dispuesta por el Artículo 52 de la Ley Nacional 27008.

Respecto de esta sanción, el diputado Ricardo Sánchez remarcó “la importancia de esta prorroga que tiene que ver con el régimen federal de responsabilidad fiscal, que es una ley del 2004 que establece una serie de limitaciones en orden al gasto de las jurisdicciones provinciales” y explicó que “dentro de esas limitaciones, el artículo 10 habla de hasta donde se puede llevar adelante el gasto de la jurisdicciones provinciales y que ese gasto no puede superar la tasa de aumento nominal del producto bruto interno previsto en ese año fiscal”.

“El artículo 19 –continuó- habla del equilibrio financiero que deben tener las provincias y establece que en la ejecución de los presupuestos de las jurisdicciones provinciales se preserve siempre el equilibrio, que la diferencia entre recursos y gastos no establezca una desproporción”.

Detalló que “esto mereció excepciones que tienen que ver con garantizar y promover la actividad económica y el empleo, porque la ley 26530 de octubre de 2009, se llevó adelante para preservar el empleo frente a la crisis económica internacional y que tuvo su rebote en Argentina. Esta ley establecía excepciones a la 25917, como también establecía algunas pautas concretas en cuanto a la administración de los recursos públicos de la ley 25152 que son las medidas a las cuales deben atenerse los estados provinciales para la ejecución del gasto”.

“Dentro de la ley 25152 –puntualizó- hay dos artículos destacados: el artículo 2 que establece los requisitos a que debe estar sujeta la ley de presupuesto de la administración nacional y el artículo 3 que establece lo que no puede incluirse como aplicación financiera o que puede comprometer gasto presente o futuro. En orden a estas dos leyes de administración de recursos públicos y la ley de responsabilidad fiscal y por la situación internacional es que se dicto las excepciones que es la 26530 permitiendo que en todo caso se eleve el nivel de gasto sin tener en cuenta el crecimiento del producto bruto si el gasto tienen que ver con garantizar puestos de trabajo”.

Explicó que “esto garantizó que nuestro país a pesar de la crisis internacional haya podido soportar la misma con importantes niveles incluso de mayores puestos de trabajo y mayores entendimientos. Con la ley que sancionamos prorrogamos los efectos de la ley 26530 y genera la posibilidad de que los estados provinciales puedan seguir con estos gastos que garantizan la continuidad del círculo virtuoso de la economía nacional y provincial”.





Fuente: Primicias Chaco
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