Superior Tribunal de Justicia
Resolución 506: “El STJ obró políticamente”, dice Federación Sitech
El gremio sostiene que “nuevamente” el STJ “dejó de lado su función fundamental de impartir justicia”, concediéndole al gobierno de turno un beneficio.
Lunes, 6 de abril de 2015
              
Federación Sitech remarcó que irá a la Corte Suprema ante el “fallo político” del STJ sobre la resolución 506 del ministerio de Educación de la provincia del Chaco.

“Hay que recordar que la sentencia original se dio en el marco de la discusión del presupuesto que manejara el Superior Tribunal, por lo que no cabría ninguna duda de que existió intercambio de favores entre el STJ y el gobierno, olvidándose de su función como organismo máximo de justicia, encontrándose en una desafortunada incoherencia de hoy tener la consecuencia de medidas de fuerza de sus propios empleados y que de acuerdo a sus propios dichos el “derecho a la educación es fundamental” y por lo tanto nosotros agregamos que no es menor el derecho a la justicia, motivo por el cual sería aplicable esta resolución a sus propios empleados”, señalan.

Además, desde el gremio consideran que “no cabe duda que con este STJ, cuando están en juego los intereses de los sectores de poder se ponen de acuerdo para accionar en contra de los más débiles, bajo la fachada de proteger un derecho que todos reconocemos que es fundamental y que es de la Educación, el cual no está en discusión”.

Grillo y su contradicción

“Mención especial merece la Jueza Grillo, en su contradicción en cuanto que cuando se encontraba al frente del Juzgado (su trinchera), emitió un fallo en contra de la Resolución 506 con fundamentos muy fuertes sobre su inconstitucionalidad, pero evidentemente hoy en el “Cuartel General”, cambia su visión sobre esta Resolución considerándola que es una mera cuestión provincial ya que refrenda el rechazo para que el mismo no sea elevado a la Corte Suprema de Justicia”.

Ante la negativa del Superior Tribunal de Justicia de conceder el recurso interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tal manera negarse a enviarle las actuaciones, Federación SITECH ratifica que acudirá al Máximo Tribunal de la Nación por intermedio del correspondiente “recurso de queja”, solicitando que “decrete la inconstitucionalidad de la Resolución 506/13 del Ministro de Educación”.

Decisión arbitraria

“No sorprende la decisión nuevamente arbitraria del Superior Tribunal, ya que anteriormente había fallado con argumentos inconcebibles”, resaltan y recuerdan que “en su momento al decidir sobre el recurso de inconstitucionalidad planteado, llamativamente sostuvo que el Ministro de Educación tiene facultades para reglamentar el derecho de huelga, y puede hacerlo por medio de una simple resolución. Olvida el Superior Tribunal que la Ley 25.877, en su artículo 24, y el Decreto 272/06, establecen expresamente el mecanismo que cuidadosamente debe respetarse para los casos excepcionales en los que se permite la reglamentación del derecho de huelga”.

También resaltan que “en momentos en los cuales la Corte Suprema viene, ya hace varios años, fallando a favor de proteger la libertad sindical, como lo hizo a partir del caso “Asociación de Trabajadores del Estado”, nuestro Superior Tribunal introduce un novedoso mecanismo de reglamentación del derecho de huelga sin precedentes en nuestro País”.

“Habiéndose planteado y fundamentado los motivos por los cuales la Resolución 506/163 es inconstitucional, se encuentran cumplidos los requisitos por los cuales la causa debió remitirse para su tratamiento a la Corte Suprema, y no puede manifestarse y minimizarse argumentándose que “refieren a cuestiones de hecho y derecho local”.

Desde Federació Sitech insisten en que “debe saberse que además de lo expuesto, al resolver el recurso de inconstitucionalidad planteado por la Federación el Superior Tribunal dictó un fallo sumamente contradictorio y sin la debida fundamentación”, y argumentan que “esto es así porque ante nuestros planteos que objetaban que la Resolución 506/13 vulnera el derecho de huelga y la libertad sindical, la respuesta del Máximo Tribunal de la Provincia fue que “no asiste razón”, lo que le quita validez a la sentencia por no encontrarse fundamentada”.

“Como si fuera poco, en distintas partes del fallo, cuando tratan de justificar lo injustificable respecto del accionar del Ministerio, dicen que el derecho de huelga admite “ciertas” limitaciones y restricciones en su ejercicio, lo que tropieza con sus anteriores argumentos respecto de que la Resolución 506/13 no conculca aquel derecho ni la libertad sindical”, agregan.

Para concluir, resaltan que “todos estos constituyen motivos suficientes por los cuales el Superior Tribunal debía remitir las actuaciones a la Corte Nacional , pero ante los argumentos de la Federación prefirió nuevamente omitir su debido tratamiento y emitir escasos y endebles argumentos para negarse a ello. Por tal motivo se acudirá directamente a la nombrada Corte Suprema de Justicia de la Nación, contándose para tal fin con numerosos antecedentes que son aplicables a nuestro caso”.


Fuente: Data Chaco
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