Hasta el 31 de marzo está vigente el plan de regularización de deudas de ATP
Se encuentra vigente hasta el 31 de marzo próximo el Plan de Regularización de deudas de la Administración Tributaria Provincial (ATP) instrumentado por Ley 7510 y reglamentado por resolución del organismo Nº 1822.
Miércoles, 11 de febrero de 2015
Se pueden regularizar periodos adeudados hasta julio 2014 inclusive y hasta en 48 cuotas. El plan de pagos se confecciona vía web desde la página del organismo (www.chaco.gov.ar/atp), sin anticipo (de no tratarse de deudas judiciales) siendo las cuotas cobradas a través de débito directo en CBU informada por el responsable.
El régimen de financiación de la Ley 7510 comprende todo tipo de obligaciones impositivas adeudadas por periodos hasta el 31 de junio de 2014 inclusive y se encuentra vigente hasta el 31 de marzo próximo. El interés resarcitorio es del 18% anual al igual que el de financiación; hasta 48 cuotas, excepto obligaciones por agentes de retención o percepción las cuales solo se pueden financiar en hasta tres cuotas. Para deudas judiciales debe ingresarse un anticipo del 5% de la deuda consolidada y para deudas administrativas no se ingresa anticipo alguno.
Desde ATP recuerdan además que el requisito de tener regularizados todos los periodos fiscales posteriores a junio de 2014 y hasta el penúltimo vencido a la fecha de acogimiento al plan (los cuales también pueden regularizarse en un miniplan de la misma Ley en hasta tres cuotas). El último periodo fiscal vencido (por todos los impuestos) a la fecha de acogimiento debe encontrarse pagado; concluido el plazo de acogimiento, el organismo continuará con la ejecución judicial de las deudas no regularizadas.