Ley 26.522, de servicios de comunicación audiovisual
Municipios Chaqueños podrán tener su propia estación FM
En la mañana de este lunes funcionarios de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) informaron que durante la jornada se hará entrega a los Municipios chaqueños, de la resolución que les permite operar estaciones (FM).
Lunes, 30 de enero de 2012
              
La coordinadora de la AFSCA NEA, Analía Liba y el funcionario de la AFSCA Central, Mauricio Cirluzo, anunciaron la asignación a los Municipios chaqueños la frecuencia a fin de que puedan desarrollarla en el marco del bienestar de sus pueblos.

La acción se enmarca en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. La asignación se les da a todos los Municipios, y estos pueden optar por explotar o no dicha frecuencia.

“Cada Municipio, si la va a querer la emisora, debe habilitarla, con el fin de que puedan llevar a cabo la transmisión”, señaló Cilurzzo.

La acción se relaciona con la pertinencia de estimular la pluralidad de servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito de la Argentina. Esto en concordancia con numerosas solicitudes que en tal sentido han formulado varios Municipios chaqueños, que han decidido encarar sus respectivos proyectos comunicacionales.

Hay que recordar que el pasado 5 de diciembre, en cumplimiento con el artículo 89 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, se reservó la asignación de señales de FM para cada uno de los más de 1.200 municipios que hay en el país. “A partir de esta medida, cada pueblo podrá tener su propia estación de radio de frecuencia modulada”, resaltó Cilurzo.

Con la asignación se avanzó en la primera de las dos partes en la que consta la asignación. Ahora, para obtener la autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de tal servicio se deberá presentar la siguiente documentación:

- Carta Presentación suscripta por el intendente requirente.

- Adjuntar planillas 1 y 2, además del Proyecto de Sustentabilidad, conforme al Artículo 37 de la Ley 26.522 y su Reglamentación aprobada por Decreto 1225/10.

-Proyecto Técnico (ANEXO I) de acuerdo a lo establecido en la Resolución 1619-SC/99

La documentación puede ser presentada ante la sede central de la AFSCA, o bien a través de las delegaciones de cada provincia o bien ser remitida por correo a la sede central.

Para mayores datos o despejar algún tipo de duda, los interesados pueden consultar al correo: afscanea@gmail.com, o bien llamando al TE: +54 0362 – 4419412.

Copyright ©2011 | www.ActualidadChaco.com
www.iefer.org.ar | Todos los derechos reservados
info@actualidadchaco.com | redaccion@actualidadchaco.com
Fundación IEFER
Portada | Locales | El interior | Regionales | Nacionales | Internacionales | Deportes | Espectáculos

DESARROLADO POR: www.chamigonet.com.ar