Locales
Corregido recomienda a la provincia y municipios solucionen la situación del alumbrado público
La Defensoría del Pueblo del Chaco, tras el reclamo de vecinos de distintas localidades de la provincia continúa pidiendo la intervención por deficiencias en el servicio de alumbrado público, decidió hacer recomendaciones al ministro de Infraestructura de la Provincia, Marcos Verbeek, al subsecretario de Asuntos Municipales de la provincia, Fabián Moran y a todas las autoridades comunales del Chaco a que arbitren los medios necesarios, a los fines de cumplimentar con el servicio de alumbrado público en todo el territorio.
Martes, 1 de julio de 2014
              




En este contexto, también solicita a los municipios que dispongan las acciones necesarias para efectivizar la recaudación en concepto de alumbrado, barrido y limpieza (ABL), en virtud de lo establecido en sus respectivas cartas orgánicas o Ley Orgánica de Municipios.



La situación

En los considerandos, el defensor Gustavo Corregido, de cuenta que recibió numerosos reclamos de vecinos, respecto de deficiencias en el servicio de alumbrado público, no solo en la capital sino en distintas localidades del interior y que a partir del largo debate entre la provincia y los municipios respecto a la responsabilidad de mantenimiento, es que se recomienda trabajo conjunto.

En este sentido recordó que existe un reiterado debate público entre funcionarios municipales, provinciales, y la empresa provincial de energía Secheep en relación a los alcances de la Ley N° 3052 y las responsabilidades en el mantenimiento y funcionamiento del Servicio de Alumbrado Público. La Ley Orgánica de Municipios en uno de sus artículos deja claro que constituyen recursos propios derivados del poder tributario las tasas por alumbrado, barrido y limpieza, pero por otro lado la empresa Secheep percibe en su facturación un equivalente al 10,74 % sobre el monto facturado neto, excluidos los impuestos, en los términos de la Ley N° 3052.-

Asimismo advierte que la Ley N° 3052, por el período en que fue sancionado y la materia que trata, corre riesgo de falta de aplicación en su parte dispositiva, por no darse las condiciones que hacen técnicamente posible su aplicación.



Respuesta del gobierno

Esta misma recomendación ya se había efectuado al ministro de Infraestructura quien a través de un informe describe la problemática legal en torno al alumbrado público, del cual concluye que “se deberían realizar modificaciones a la norma que fija el porcentaje de la recaudación en el rubro pertinente (10,74%) elevándolo a un mínimo de (20%), o bien que los municipios recauden por este concepto (ABL), afrontado parte de los gastos que el alumbrado público demanda, cuestión esta para la que se encuentran habilitados por la Ley Orgánica de Municipios (N° 1150) y sus respectivas modificatorias” .
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