Locales
Fallo judicial descartó el amparo de los herederos de Roseo por el valor de La Fidelidad
El máximo tribunal de la provincia dejó firme la valuación de 64 millones de pesos para las 130000 hectáreas que ocupa la estancia La Fidelidad, en el corazón del Impenetrable chaqueño.
Lunes, 16 de junio de 2014
              
La medida judicial allana un poco más el camino hacia la expropiación, mientras continúa el trabajo para reunir los fondos necesarios para pagar ese monto, más allá del compromiso de Conservation Land Trust (CLT), la organización del norteamericano Douglas Tompkins de aportar los fondos para la toma de posesión de ese territorio “verde”.

Un fallo del STJ rechazó un amparo de los herederos de Roseo que buscaba declarar nula la valuación en 64 millones de pesos de la estancia La Fidelidad.
Con fecha 12 de junio, la sentencia lleva las firmas de los cinco integrantes del STJ: Rolando Toledo, Ramón Avalos, Alberto Modi, María Luisa Lucas e Iride Isabel Grillo. Y corresponde a la causa “Roseo Cuellar, Lucía Manuela; Cuellar Nélida Eva S/Acción de Amparo”.

“El asunto comprometido versa sobre una materia que necesariamente requiere de mayor amplitud de debate o prueba”, consideraron los jueces en un tramo del fallo difundido en los últimos días. Así sostienen que es necesario “un mayor grado de conocimiento debido a la complejidad de la valuación del inmueble en trato, lo que torna imprescindible la realización de estudios técnicos específicos que exceden los fines de la presente acción”.

Recuerdan en otro punto que está en trámite ante el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Castelli el juicio de expropiación impulsado por la Provincia del Chaco, a través de la Fiscalía de Estado del Chaco, donde los demandantes podrán “hacer valer los derechos que aquí invoca”. Y entre sus fundamentos para rechazar el amparo indican también que “no se han acreditado los extremos que tornen viable la acción de amparo pretendida”.

El abogado Del Corro había objetado el valor establecido por la Junta de Valuaciones Provincial, que para las 128.903,70 hectáreas alcanzaba los 64.092.000 pesos. En su planteo, el letrado consideró que el precio del inmueble debía ser equivalente al valor del bien en el mercado, por lo que calificó a la valuación oficial como “ficticia”. “La valuación del inmueble no fue motivada, violando lo dispuesto en el art. 80 de la Ley Nº 2289 y que además, el art. 81 impone a la Junta la obligación de establecer normas y métodos de tasación bajo parámetros científicos y objetivos”, sostuvo.

FUENTE: diarionorte.com
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