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La semana que viene vence el plazo para la inscripción de candidatos a vocales del IPRODICH
El próximo martes 18 de marzo vence el plazo para la inscripción de los candidatos a vocales del Instituto Provincial para la Inclusión de Personas con Discapacidad de la Provincia del Chaco (IPRODICH). El reglamento para la elección de vocales corresponde al aprobado por Resolución de Directorio N° 265/13, y se encuentra disponible para su descarga en el sitio web www.iprodich.gob.ar
Jueves, 13 de marzo de 2014
              



La convocatoria del instituto -ente autárquico del Poder Ejecutivo Provincial creado por ley 6.477- es para un vocal que sea representante de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) por la capital provincial y otro por el interior.

La documentación exigida será recibida hasta el martes 18 de marzo, a las 13; por mesa de entrada y salidas de la institución. La elección será el 29 de mayo próximo de 8:30 a 14 en la sede del IRPDOCIH - Dónovan 63- según Resolución Directorio N° 54/14.

Los candidatos

La ley de creación del IPRODICh contempla la necesidad e importancia de que el Estado Provincial garantice la participación e intervención de las Personas con Discapacidad, en todas las cuestiones inherentes a la temática de la discapacidad contempladas en la legislación individualmente o agrupadas.
Además establece que el Gobierno y Administración del Instituto será ejercido por un Directorio el cual tendrá entre sus integrantes tres vocales -dos de los cuales serán representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) legalmente constituidas y sin fines de lucro, que tengan una participación activa y comprometida con la discapacidad y la lucha por su inclusión- uno en representación del interior de la provincia y otro por la capital provincial-.

Reglamenta así que serán nominados y elegidos por las OSC legalmente constituidas, sin fines de lucro, que posean domicilio legal en el Chaco y que registren cuatro años de antigüedad efectivos ininterrumpidos trabajando en terreno sobre la temática de la discapacidad.

La elección

El voto será secreto y la elección se hará por simple mayoría de votos de los electores presentes. Cada delegado tendrá derecho a un voto por vocal. La Junta Electoral estará integrada por cinco personas representantes del Poder Ejecutivo Provincial (IPRODICH) para atender y resolver en todo lo concerniente a la aprobación de padrones, listas de candidatos, impugnaciones previas, acto eleccionario, escrutinio y proclamación de electos.

A los fines de acreditar el cumplimiento de las exigencias establecidas, cada OSC deberá presentar hasta cuarenta y cinco días antes de celebrarse los comicios, ante la Junta Electoral al efecto de elegir a los Vocales: estatuto vigente; decreto y/o resolución de otorgamiento de Personería Jurídica; constancia de Personería Jurídica vigente; acta de última Asamblea Ordinaria con la designación de autoridades vigentes; memoria descriptiva de las actividades realizadas durante los últimos cuatro años de ejercicio. Cerrada esa fecha la OSC que no haya presentado documentación no podrá participar de los comicios.

Cada una de las OSC participantes deberá elegir un delegado titular y uno suplente, los que deberán ser miembros titulares de su órgano directivo y presentar el acta de nombramiento para formar parte del padrón de electores que votarán a los candidatos a vocales. Se cerrará veinte días antes de la fecha de elección.

Los vocales

Cada una de las OSC en condiciones de emitir su voto, propondrá a sus candidatos a vocales, un titular y un suplente. La presentación de candidatos se deberá realizar por escrito. El vocal que cumpla funciones en el Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad lo hará con dependencia jerárquica y funcional de él. Los vocales electos ejercerán sus funciones por un período de dos años, desde la fecha de su nombramiento, pudiendo ser reelectos por un solo período consecutivo.

Los suplentes percibirán sus honorarios en proporción al período que actúen en reemplazo de los titulares, practicándose la deducción de las remuneraciones de éstos, si correspondiere. Ejercerán se incorporarán en caso de remoción, renuncia, fallecimiento o ausencia del titular superior a un mes, hasta cumplir con el período que correspondía al titular. En caso de acefalia total, el Directorio del IPRODICH, convocará inmediatamente a la elección para cubrir dichas vacantes.


Fuente: Primicias Chaco.
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