En favor de la Libertad de expresion
La corte de Justicia declaro Constitucional la Ley de Medios
En un fallo que se puede considerar el mas importante de la historia de la Corte Suprema de Justicia, se acaba de dictar la constitucionalidad de la ley de medios
Martes, 29 de octubre de 2013
              
Una buena noticia que se debe tomar con alegria en nuestro país tiene que ver con el reciente fallo de la La Corte Suprema que ratifico la constitucionalidad de la ley de medios-Ley 26.522-
En su fallo la Corte asegura que la norma "favorece la libertad al impedir la concentración". esto se dio a conocer este martes con la presentación del fallo de 392 páginas desestimando los cuestionamientos del Grupo Clarín a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y ratificando la constitucionalidad de la norma.

En el fallo, tras cuatro años de la aprobación de la norma, se destacó que es "legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado".

Entre los argumentos utilizados por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Enrique Petracchi, Carmen Argibay, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, se sostuvo que la ley 26.522, "en cuanto regula la multiplicidad de licencias de modo general, es constitucional, porque es una facultad del Congreso, cuya conveniencia y oportunidad no es materia de análisis de los jueces". ( Telam)

"Por otra parte, el análisis constitucional es ajeno a los conflictos futuros que puedan presentarse con la aplicación de la ley, que son materia de otros pleitos", explicó.(Telam)

"Es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado"

La Corte Suprema dice en el fallo que la libertad de expresión es, entre las libertades que la Constitución consagra, "una de las que posee mayor entidad", al extremo que, sin su debido resguardo, "existiría tan solo una democracia nominal".

"La libertad de expresión, en su faz colectiva, tiene por objeto proteger el debate público, con amplias oportunidades de expresión de los distintos sectores representativos de la sociedad. Se trata de fortalecer una democracia deliberativa, en la que todos puedan, en un plano de igualdad, expresar sus opiniones y en la que no pueden admitirse voces predominantes", señaló.

Es por ello que los jueces interpretan que la ley "es coherente" con el artículo 42 de la Constitución Nacional, "lo que significa el acceso a distintas fuentes plurales".

"Los medios de comunicación tienen un rol relevante en la formación del discurso público y en la cultura, por lo que el interés del Estado en la regulación es incuestionable", subrayaron los magistrados, quienes aclararon que en ese contexto "es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado".

“No hay en la causa una prueba de que exista una violación a la libertad de expresión derivada de la ley”, sostiene el voto mayoritario, que señala que “la ‘sustentabilidad’ no puede ser equiparada a ‘rentabilidad’ y, en ese sentido, hace a la naturaleza propia de un proceso de desconcentración la posibilidad de una reducción consiguiente de los márgenes de ganancia empresaria”.(Telam)

El máximo tribunal, en forma mayoritaria, reconoció que el grupo Clarín “es titular de licencias que están protegidas porque integran el concepto de propiedad constitucional” y en ese sentido explicaron que “el modo de proteger estas licencias es la indemnización pecuniaria, pero de ningún modo implica que la ley no pueda ser aplicada”.

Telam
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