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Niegan que la SUBE pueda usarse en los supermercados chinos
La presidente de la Cámara Empresarial de Supermercados Chinos (CESCH), Yolanda Durán, dijo por Radio 10 que "no les llegó ninguna información" sobre la iniciativa oficial para que la tarjeta pueda usarse en las autopistas y comercios.
Miércoles, 23 de octubre de 2013
              



La presidente de la Cámara Empresarial de Supermercados Chinos (CESCH), Yolanda Durán, aseguró que la tarjeta SUBE "no podrá usarse" en esos comercios entre otras cosas porque "no hay ningún banco que avale" ese plástico.

Por Radio 10, la dirigente indicó que los supermercadistas chinos no sabrían "a dónde ir a cobrar lo que corresponda por el pago con esa tarjeta por parte de los clientes". Añadió que "no llegó ninguna información" sobre la iniciativa oficial para que la SUBE pueda usarse en las autopistas y comercios.

Las declaraciones de Durán surgieron luego de que, este martes, el vicepresidente a cargo del Ejecutivo, Amado Boudou, firmó el decreto 1580, publicado en el Boletín Oficial, que autoriza que el Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE) sea utilizado en la red vial de autopistas y para comprar bienes y servicios de bajo valor.

La norma busca lograr "mayor practicidad, celeridad y transparencia" en las transacciones y comenzaría a implementarse luego de la aprobación y reglamentación de la Secretaría de Transporte, por lo que todavía no se precisó la fecha.

Asimismo, indica que el procedimiento tiene como objetivo "agilizar el procedimiento de cobro evitando congestionamientos en los comercios, solucionando el problema de la disponibilidad de cambio, reduciendo el manejo de dinero en efectivo y fijando así un sistema de pago que simplifica y agiliza la compra en los establecimientos comerciales".

El decreto designa al Banco Central como el encargado de establecer las condiciones para que la SUBE sea utilizada como medio de pago en bienes de "bajo valor", a la vez que faculta a la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y Transporte "a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten pertinentes" para la ejecución de la norma.





Fuente: Minuto Uno
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