MUY FUERTE
Crece la zona roja en la ciudad de Formosa
El área comprende las esquinas de la calle Yrigoyen y Moreno como también la Moreno y Fotheringham o la Deán Funes y Fotheringham. En general quienes ejercen la prostitución se mueven en ese espacio dentro de un radio de no más de 8 cuadras hasta la zona del “mercadito paraguayo”.
Lunes, 3 de junio de 2013
              
Hay mujeres en la Argentina que reivindican para sí el ejercicio de la prostitución como opción laboral y se definen como trabajadoras sexuales agrupadas en AMMAR (Asociación de Mujeres Meretrices de Argentina).

También hay grupos organizados como la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans y (FALGBT) y la Asociación de Travestis, transexuales y transgéneros (ATTTA) entre otras que defienden a quienes están nucleados en ellas.

Por otra parte la prostitución ejercida en forma voluntaria es una actividad lícita, siempre y cuando no haya trata ni explotación de personas.
Además, en la Legislatura Provincial se derogaron el año pasado, tres artículos del Código de Faltas y Contravenciones porque las mismas presentaban figuras contravencionales “abiertas” que otorgaban facultades que posibilitaban que en la práctica se discrimine en su interpretación y ejecución.

Los artículos derogados son el 96, 98 y 99 del Código de Faltas y Contravenciones de la Provincia de Formosa.
El 96 establece que “Será sancionado con arresto de hasta cinco días el que en sitio público o a la vista de terceros profiere palabras, realizare gestos o tuviere actitudes torpes, que por su carácter ofendiere la decencia pública”. Por otro lado, el artículo 98 expresa que “Las personas de uno u otro sexo que públicamente o desde un lugar privado, pero con trascendencia al público, se ofrecieran a realizar actos sexuales, perversos o de homosexualismo o incitaren al público a su realización, u ofrecieren realizar tales actos con prostitutas mediante palabras, gestos, escritos u otros medios análogos, serán reprimidos con arresto de cinco a treinta días”.

En el caso del artículo 99, éste afirma que “Será sancionado con arresto de tres a quince días el que vistiere o se hiciese pasar como persona de sexo contrario”. Estos artículos contenían figuras contravencionales que describían características personales más que conductas, por lo que afectaban a distintos grupos sociales.

Ambos grupos, de mujeres y travestis que ejercen la prostitución como un trabajo, son cada vez más numerosos en los sectores de la “zona roja” del centro de la ciudad y que además empieza a extenderse algunas cuadras por fuera de sus límites.

Debido a esto los vecinos del lugar, quienes ya han presentado en reiteradas oportunidades, todo tipo de quejas formales, manifestaron a El Comercial que esperan que se regule de alguna manera el ejercicio de la prostitución en la vía pública porque hasta el momento son mudos testigos de los desmanes en las madrugadas, de como ensucian las veredas frente a sus domicilios y como se exhiben a la vista de menores o familias.

Funcionarios policiales, que pidieron mantener el anonimato, manifestaron que es muy poco lo que pueden hacer debido a que cualquier intervención de su parte podría ser considerado un acto de discriminación, entonces la mayoría de las veces solo se limitan a pedirles que circulen.
Fuente: Corrientes hoy
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