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Por errores en descuento a jubilada, la Caja Municipal en la mira de la Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo del Chaco a partir de una presentación de una jubilada provincial inició un expediente sobre nuevos problemas en los códigos de descuentos, que llevaron a realizar recomendaciones a la Caja Municipal de Resistencia y al municipio capitalino para que cumplan los presupuestos previstos en el Decreto 2042/00, a fin de resguardar el salario del empleado estatal.

Sábado, 15 de diciembre de 2012
Así también se recomienda la estricta sujeción a lo estipulado por Ley 6676, en el marco del derecho constitucional de acceso a la información pública y la protección de los datos personales de los empleados estatales activos y pasivos, considerándose el recibo de sueldo como documento público el cual puede ser y utilizado por su propietario como aval en negocios a realizar.
Dos meses esperando
Esta recomendación realizada por el defensor Gustavo Corregido surge que luego de que han pasado 60 días sin que la entidad conteste los planteos efectuados en un pedido de informes donde se detalla el caso y se reclama por el desconocimiento de los montos de los descuentos que se le practican sobre el recibo de sueldo.
La ley
La ley dispone que se debe informar mensualmente respecto de cada financiamiento otorgado, como ser importe del capital prestado, intereses proyectados y totales de gastos, importe de cada cuota a descontar, tasas de interés, entre otros.
“Resulta fundamental esta normativa, según la cual la documentación exigida a la Caja Municipal resultaría incumplida, y ante la falta de contestación de los informes solicitados a esa entidad respecto a montos de las cuotas, capital adeudado, tasa de interés aplicado, cantidad de cuotas pagadas, se dificulta vislumbrar lo contrario”, dijo el defensor.
También indicó que “el incumplimiento por parte de la entidad financiera de lo dispuesto en la normativa analizada, conculca los derechos de los agentes del Estado provincial y el resguardo de los recibos de sueldo como garantía financiera de los empleados, resultan vulnerados los derechos a la protección de los datos personales de los empleados municipales, ya que ésta categoría jurídica a proteger incluye al recibo de sueldo como documento público el cual puede ser utilizado por su propietario como aval en negocios a realizar”.
Hasta el 60 %
Se pudo saber que hay personas que a partir de los descuentos que se le practican perciben un pequeño porcentaje de su sueldo o algunos ni siquiera eso, no cumpliéndose con lo que estableció por decreto el Poder Ejecutivo, en cuyos considerandos establece que si bien debe asegurar el cumplimiento de las actividades sindicales y mutualistas, también debe proteger el carácter alimentario de los salarios, que la acumulación de descuentos por parte de distintas entidades sobre el haber conlleva el riesgo de agotar el salario del agente público con tales deducciones, siendo necesario disponer un límite a las deducciones acorde con el carácter alimentario de los salarios, atendiendo a su vez a la libertad de consumo de los agentes públicos.
Ese porcentaje fijado no podrá superar el 60 por ciento del total de los haberes mensuales del agente que figure en el recibo de sueldo pertinente, comprendiendo en dicho porcentaje las retenciones impuestas por las leyes no computándose las asignaciones familiares, el sueldo anual complementario, los servicios extraordinarios adicionales que se perciben por única vez.
El Superior Tribunal de Justicia
Por otra parte Corregido señala que el Superior Tribunal de Justicia se expidió en concordancia con lo afirmado por los jueces de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, en el sentido que sin desconocer el carácter alimentario del salario, así como la finalidad tuitiva de las regulaciones normativas que se han dictado justamente para proteger al trabajador de abusos que afectaren los ingresos salariales de manera tal de garantizar su sustento y el de su familia.
“Es obligación del Estado provincial de actuar como agente de retención en los haberes de su personal dependiente, mediante la deducción directa en las remuneraciones, de los servicios prestados por asociaciones mutuales o cooperativas a sus afiliados, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto Nº2042/2000. Esta norma estatuye un marco regulatorio con el objetivo explícito de asegurar el cumplimiento de las actividades sindicales y mutualistas, protegiendo al mismo tiempo el carácter alimentario de los salarios sin perjudicar el ejercicio de la autonomía de la voluntad y libre contratación de los agentes”. En lo que aquí interesa, la norma en trato prevé un límite a las deducciones automáticas por códigos de descuento del sesenta por ciento (60%) del haber mensual”
Como corolario de ello, el Alto Cuerpo dejó claramente sentada la aplicabilidad a los descuentos efectuados por la Caja Municipal del Decreto N° 2042/00.
Pedido a la provincia
Cabe destacar que la Defensoría ya hizo recomendaciones a la Subsecretaría de Hacienda para evitar tasas de intereses abusivas e irracionales en los préstamos personales a los que acceden cientos de empleados públicos. Allí Corregido, a partir de la investigación sobre maniobras de las que son víctimas los empleados ante distintas necesidades económico-financiera, recomendó cuatro acciones, la primera de ellas es que la suma otorgada en préstamo se deposite en la caja de ahorro cuenta sueldo del Banco del Chaco del empleado de la administración pública provincial. Además que la entidad que otorga el préstamo deba hacer una precarga en el sistema, determinado el capital, tasa de interés y monto de cuotas a pagar y cantidad de las mismas.
La tercer medida es que la entidad que otorga el préstamo deba remitir a la autoridad de aplicación no solo la constancia de depósito bancario del préstamo, sino también la autorización para código de descuento certificada por escribano público, en el que constará capital, tasa de interés, monto de cuotas y cantidad de cuotas.
Por último recomienda que sea la autoridad de aplicación la que otorgue la autorización una vez que estime completo el trámite y que se encuadre en la Ley Nº 6676 (código de descuentos).
Fuente y foto: Diario Norte