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El STJ recategorizó a 39 profesionales del poder Judicial
Los profesionales médicos, psicólogos y psicopedagogos que conforman los equipos interdisciplinarios de las seis circunscripciones judiciales y la Oficina de Servicios Sociales del Poder Judicial fueron recategorizados

Sábado, 24 de noviembre de 2012
Los profesionales médicos, psicólogos y psicopedagogos que conforman los equipos interdisciplinarios de las seis circunscripciones judiciales y la Oficina de Servicios Sociales del Poder Judicial fueron recategorizados desde el 1 de noviembre pasado en virtud de lo dispuesto por el decreto 2309/12.
Así quedó establecido en las resoluciones 2315/12 y 2402/12 del Superior Tribunal de Justicia. De esta manera, los que esta este momento revestían el cargo de oficial mayor, Nivel III categoría 2 (30 en el Equipo Interdisciplinario y 9 en Servicios Sociales); ahora serán jefes de división, Nivel II categoría 4.
El Alto Cuerpo destacó que estas modificaciones están previstas por el artículo 54 inciso “c” de la ley 4787 de administración financiera “a fin de dar cumplimento a leyes que reglamentan la carrera de los agentes de la categoría, el escalafón o el agrupamiento de que se trate, las que pueden ser aprobadas por la máxima autoridad de la jurisdicción a través de resoluciones, disposiciones, acordadas o instrumentos equivalentes.
Asimismo señaló que “resulta procedente adecuar la estructura de cargos… para lo cual no existen impedimentos legales, en tanto la modificación propuesta no implica aumentar el número total de cargos autorizados”.
También en Inspectoría de Justicia de Paz y el CEJ
Las recategorizaciones también alcanzaron a la Inspectoría de Justicia de Paz y el Centro de Estudios Judiciales en función del mismo decreto citado precedentemente.
En el primero de los casos, la resolución 2470/12 remarcó que la reconversión implica “una readecuación funcional debidamente fundad a fin de adecuar el cargo a las responsabilidades y funciones que se encuentra desarrollando en la actualidad”. Así se estableció que el cargo de inspector de Justicia de Paz debe ser ubicado en el nivel I, magistrados y funcionarios, categoría 6; mientras que al de subinspector le corresponde el nivel I, magistrados y funcionarios, Categoría 7.
Por su parte se resolvió a través de la resolución 2471/12 que el cargo de Secretario Coordinador del Centro de Estudios Judiciales debe readecuarse y quedar encuadrado en el nivel I, magistrados y funcionarios, categoría 6; con lo cual se lo ubica escalafonariamente en el nivel que corresponde a la función que desempeña.
Fuente: Chaco día por día