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Sociedad Un fallo ordena a traumatólogos del Chaco reanudar la atención a afiliados de Camioneros 
El Juzgado Civil y Comercial N° 21 de Resistencia hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Asociación de Traumatología y Ortopedia del Chaco (ATOCH)
reanudar de inmediato la prestación de servicios médicos a los afiliados de la Obra Social de Camioneros (O.S.C.CH).
La decisión se adoptó tras el fracaso de una audiencia conciliatoria entre las partes y ante la interrupción del servicio que afectaba a los pacientes.
El conflicto se originó cuando ATOCH decidió suspender y luego rescindir unilateralmente el convenio de prestaciones que mantenía con la obra social desde 2010. La asociación de médicos reclamaba un incremento arancelario del 18% mensual no acumulativo, lo que hubiera llevado el valor de la consulta a aproximadamente $20.000. Por su parte, la obra social ofreció un aumento del 23,5% respecto a febrero, fijando la consulta en $15.000.
En un fallo firmado este martes 26 de agosto, el juez Julián Flores consideró que la pretensión de ATOCH “excede ampliamente los parámetros de razonabilidad”. El fallo tuvo en cuenta un informe del INDEC que registra una variación salarial acumulada del 13,7% en el sector privado durante 2025, señalando que la propuesta de la obra social se ajusta mejor a los índices reales.
El magistrado advirtió que la posición de ATOCH, al ser la entidad que nuclea a los especialistas en la provincia, coloca a los afiliados “en una posición de especial vulnerabilidad” frente a la interrupción de un servicio esencial. Subrayó que la medida de fuerza empujaba a los pacientes a pagar directamente las prestaciones, agravando su situación económica y sanitaria, mientras continúan con los descuentos obligatorios por sus aportes.
Para evitar un “daño grave e irreparable” en la salud de los afiliados y un “menoscabo patrimonial”, el juez dispuso que las prestaciones se reanuden bajo las condiciones arancelarias propuestas por la obra social. La medida regirá hasta que se dicte sentencia definitiva en la acción de amparo principal o hasta el 1 de noviembre de 2025, lo que ocurra primero.
La resolución obliga a ATOCH a cumplir con la orden en un plazo de 48 horas desde su notificación, bajo apercibimiento de ley. El caso continúa su curso en el expediente principal (Expte. 6195/2025), donde se analizará el fondo de la disputa.
Miércoles, 27 de agosto de 2025
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