Locales
Valenzuela destacó la creación del registro de delitos contra la integridad sexual
El secretario de Derechos Humanos, José Valenzuela, destacó el paso institucional dado por la Cámara de Diputados del Chaco al aprobar la Ley 7076, que modificó varios artículos de la Ley 6334, que crea el Registro de Delitos Contra la Integridad Sexual y que contemplará a partir de ayer a los condenados en ciudad autónoma de Buenos Aires.

Jueves, 25 de octubre de 2012
“En virtud del trágico episodio que nos golpeó a todos los chaqueños (en referencia a la muerte de Tatiana, quiero destacar y felicitar a los legisladores provinciales por el importante paso institucional realizado”, dijo Valenzuela.
Por otra parte repudió “la conducta de aquellos sectores que utilizaron el doloroso hecho, ya que se tratan de acciones lamentables de quienes no tienen propuestas ni ideas más que desprestigiar e injuriar sin ningún tipo de ética ni criterio”.
El artículo 3º de la Ley establece que: El Registro tendrá por objeto obtener, almacenar y actualizar la información vinculada a los sujetos sobre los cuales pesa condena firme por la comisión, sea en calidad de autor o de partícipe, de delitos contra la integridad sexual, y de todos aquellos individuos que han sido condenados por tribunales y/o jueces de otras provincias argentinas y/o por tribunales y/o jueces sitos en la ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o por tribunales federales de todo el país- por delitos de cuya materia trata la preceptiva en cuestión haya acaecido dentro de esa jurisdicción-cuyo domicilio y/o residencia, este registrado en la provincia del Chaco, a fin de:
a) Facilitar el esclarecimiento de los hechos vinculados a la comisión de delitos contra la integridad sexual, que estuvieren sometidos a investigación judicial, particularmente en lo relativo a la individualización de los responsables y sobre la base de la identificación de un perfil genético del componente ADN no codificante.
b) Constituir una base de datos que posibilite mantener el control sobre quienes hayan cometido, promovido o facilitado la comisión de los delitos contra la integridad sexual, mediante la actualización permanente de la información referida a la ubicación y paradero de las personas incluidas en este registro.
c) Elaborar estadísticas relativas al comportamiento de la delincuencia, tasas de reincidencia y otros datos significativos que pudiesen desprenderse del análisis estadístico.