A una tasa de 40% más IVA
El resumen de septiembre de la tarjeta de crédito podrá financiarse hasta en 12 cuotas
Lo dispuso el Banco Central con una resolución similar a la emitida con relación a los vencimientos de abril para paliar las consecuencias del coronavirus.

Jueves, 27 de agosto de 2020
De acuerdo a una nueva resolución del Banco Central, emitida este jueves, el resumen de la tarjeta de crédito con vencimiento en septiembre se podrá financiar en 12 cuotas, como ocurriera con los vencimientos de abril pasado en el marco de la pandemia de coronavirus.
Fuentes de la autoridad monetaria indicaron que el plan de financiamiento tiene "carácter automático" y en el caso de que se ejecute algún pago habrá un plazo de 30 días para pedir al banco la reversión de la operación.
Según trascendió, las cuotas solamente podrán devengar el interés compensatorio de 40 por ciento anual más IVA y ningún otro recargo, y los usuarios podrán cancelar de manera anticipada total o parcialmente en cualquier momento y sin costo extra, más allá del interés compensatorio devengado hasta el momento.
Días atrás, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias anunciaba que iniciaría una investigación de oficio para determinar si las entidades bancarias aplicaron correctamente el plan de financiamiento de los saldos de tarjetas de crédito establecido por el Banco Central en abril último.
Como se recordará, el BCRA había establecido que las entidades del sistema financiero debían refinanciar en forma automática los saldos impagos de tarjetas de crédito, vencidos entre el 13 y el 30 de abril, a un año de plazo con una tasa nominal anual de 43%.
Sin embargo, un informe elaborado por la consultora CERX, dirigido por la economista Victoria Giarrizo, advertía entonces que los nuevos resúmenes de cuenta de las tarjetas que llegaban en agosto -sobre deuda de abril- registraban una deuda superior a la prevista inicialmente por los consumidores al momento de diferir el pago.
Según dispuso una resolución tomada por el directorio de la autoridad monetaria, el plan de financiamiento tiene carácter automático y en el caso de que se ejecute algún pago (por ejemplo por débito automático) hay un plazo de 30 días para pedir al banco la reversión de la operación.
Las cuotas solamente pueden devengar el interés compensatorio de 40% anual (más IVA) y ningún otro recargo. Las personas podrán cancelar anticipadamente total o parcialmente, en cualquier momento y sin costo, excepto el interés compensatorio devengado hasta el momento del pago.
Contratos de Locación de inmuebles
El directorio del BCRA también aprobó este jueves el método de cálculo del Índice para Contratos de Locación de inmuebles destinados a uso habitacional, establecido en el artículo 14 de la Ley 27551.
La ley establece que en el precio del alquiler solo pueden realizarse ajustes anuales utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).
El índice elaborado por el BCRA tendrá carácter diario y posibilitará el cálculo del ajuste cualquiera sea el día de inicio del contrato.
Fuente: Minuto Uno / Ambito