Con 18 votos a favor y 5 en contra
Aprobaron la guía técnica para atención de abortos no punibles
La Legislatura sancionó la aplicación la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles. Con esta normativa, quienes estén exceptuados por la ley, podrán interrumpir su embarazo sin iniciar un trámite judicial.

Jueves, 30 de agosto de 2012
La Cámara de Diputados sancionó la aplicación – en todos los establecimientos de la Red Sanitaria Provincial – de la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación-Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (PNSS y PR).
Será autoridad de aplicación y de control el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, a través de la Dirección Materno Infantil. La propuesta legislativa partió del diputado del bloque Libres del Sur Carlos Martínez y sus pares Delia González, Egidio García, Irene Dumrauf, Elba Altamiranda Raúl Acosta, Fabricio Bolatti y Daniel Trabalón y fue aprobada con 18 votos, por el archivo recibió 5 votos, por el mantenimiento en cartera 2 votos y una abstención del diputado justicialista Néstor Marcón.
La Guía Técnica par la Atención Integral de Abortos No Punibles, recuerda que el Código Penal de la Nación Argentina establece que el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer no es punible cuando A) Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios (artículo 86, segundo párrafo, inciso 1º, Código Penal de la Nación). B) Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la salud de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios. C) Si el embarazo proviene de una Violación. D) Si el embarazo proviene de un atentado al pudor sobre mujer idiota o demente.
Las mujeres que se encuentren en cualquiera de los supuestos enunciados anteriormente, gozan del derecho de acceder a un aborto. El Hospital y la/el médica/o tratante tienen la
obligación legal de practicar la intervención, siempre que exista consentimiento informado de la mujer. No deben ni están obligados a requerir la intervención y/o la
autorización judicial.
La práctica del aborto no punible se realizará previa constatación por parte de una/un sola/o médica/o de la existencia de alguna de las causales: A) Cuando exista peligro para la vida o para la salud de la mujer, la/el médica/o tratante debe constatar la existencia de ese peligro, de acuerdo a los conocimientos científicos de la medicina y sobre la base de los estándares vigentes, y en interconsulta con otro médico o profesional de la psicología, de ser necesario.
Los estándares en materia de salud establecen que la salud debe ser entendida como un “completo estado de bienestar físico, psíquico y social, y no solamente la ausencia de enfermedades o afecciones” y como “el derecho de todas las personas a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, así como el deber de los estados partes de procurar su satisfacción”.
B) Cuando el embarazo sea producto de una violación, la/el médica/o tratante debe solicitar a la mujer constancia de la denuncia de la violación o en su caso declaración jurada de la mujer. Cuando el embarazo sea producto de un atentado al pudor de una mujer con discapacidad mental con o sin declaración judicial, debe solicitar a quien la represente constancia de la denuncia del atentado al pudor o en su caso declaración jurada de su representante. No se debe requerir ningún otro tipo de constancia, documentación o información, ni realizar gestión alguna ante otras personas o instituciones. C) El/la médico/a debe constatar las condiciones para la realización del aborto no punible (ver Capítulo 3) y utilizar el método más seguro de interrupción del embarazo.
El debate.
En el debate, se manifestaron distintas posiciones, a favor de la aprobación del proyecto, en tanto que otros legisladores promovieron el mantenimiento en cartera y también se manifestaron por el archivo y la abstención a votar la iniciativa.
El diputado del bloque Libres del Sur Carlos Martínez, impulsor del proyecto, explicó que esta iniciativa tiene por objeto “la aplicación todos los establecimientos de la red sanitaria provincial la guía técnica para la atención de los abortos no punibles, elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación. La autoridad de aplicación de la ley es el Ministerio de Salud del Chaco a través de la Dirección Materno Infantil”.
“El 15 de junio de este año”, recordó, “el Ministerio de Salud del Chaco a través de la Resolución Nº 1811/12 adhiere a esta guía para abortos no punibles con los alcances y los modos que estamos adoptando en la presente iniciativa. Este tema ya lo hemos debatido en profundidad. Actualmente el aborto es un delito para el Código Penal pero reconoce cuatro excepciones: si se ha hecho para evitar peligro para la vida de la mujer, si se ha hecho para evitar un peligro para la salud de la mujer física y o psíquica, cuando el embarazo proviniera de una violación y si el embarazo proviene de un atentado al pudor de la mujer que no tuviera la comprensión del acto”.
Por su parte el diputado del Frente Grande, Daniel Trabalón marcó la posición de acompañamiento de su bloque y recordó que desde el año 2007 el ex legislador Daniel San Cristóbal presentó un proyecto similar proponiendo un protocolo de atención a la mujer en casos de violación. “Es un tema que está en debate y va a seguir en debate – subrayó - decimos que estos proyectos son posibles porque hay un colectivo de mujeres que vienen luchando para recuperar sus derechos y uno de ellos tiene que ver con este tema del aborto y en ese sentido lo que tratamos hoy que tiene que ver con este protocolo y entendemos que es un paso adelante en ese debate”.
La diputada radical, Delia González – que firmó el dictamen aprobatorio – adhirió a las expresiones de Martínez, y recordó siendo presidente de la comisión de Salud estaba el proyecto del diputado San Cristóbal y aclaró que “la negativa a darle de mi parte dictamen, era porque existía incertidumbre de la interpretación del art. 86 del código Penal, pero ante el fallo de la Corte y la interpretación del artículo del código penal, acompañó el despacho unánime, pero traduce el espíritu del proyecto del bloque frente grande”, manifestó.
El legislador justicialista Darío Bacileff Ivanoff manifestó su acompañamiento a la iniciativa y citó “hoy estamos debatiendo la reforma del Código Procesal Penal donde queremos incorporar el criterio de oportunidad. Noto en las estadísticas de la justicia que hay una inexistente condena por aborto, es un delito que se da en la clandestinidad de aquellos que más tienen, que tienen los recursos, pero no aquellos que no tienen recursos que recurren a clínicas clandestinas donde no se les brinda un estándar de seguridad”.
También su par de bancada Beatriz Vásquez apoyó la iniciativa desde su lugar de mujer militante “trabajo en comunidades barriales con miles de necesidades, soy madre y tengo hijas y nietas, soy católica y una mujer de fe, creo en mi religión, pero eso no me da lugar ni me permite ser hipócrita, por ello doy mi voto afirmativo a la sanción de la ley”.
En contra.
La diputada PJ, Elda Pértile, adelantó su voto negativo hacia la propuesta siendo “coherente” con la posición que siempre argumentó porque “no tenemos valores supremos para decidir sobre otra vida” y agregó que “si bien el código penal tiene prevista excepciones, tanto la guía que se pretende adherir, deja puertas abiertas que van más allá de lo que establecieron las normas jurídicas, no establece límites”, por lo tanto, “no comparto y dejo expreso que no voy a votar lo voy a hacer negativamente” y añadió “respeto a quienes piensan distintos pero las mujeres estamos para dar vida y no para quitarla” sostuvo.
Su par de bancada la diputada Wilma Molina, adhirió a las expresiones de Pértile, y también dijo “quiero ser coherente con las veces que voté respecto del aborto en la Legislatura y con mi pensamiento y sentimiento adhiero a lo expresado por mi par y no voy a acompañar este proyecto” adelantó.
El titular del bloque justicialista Ricardo Sánchez, en su intervención, dijo estar de acuerdo en que haya un Protocolo que baje información para los casos de abortos no punibles pero “no estoy de acuerdo con este protocolo porque creo que hace una interpretación antojadiza de lo que es el art 86 del Código Penal” planteó ya que “divide en 4 los casos de abortos no punibles: cuando peligra la salud de la mujer, de la vida, y luego divide el 86 inciso 2 en dos casos y ahí está la falacia”, porque “en realidad el atentado al pudor quedó como rémora del año 1921 e incluso esta actualmente derogada esa figura por la modificación que se dio en otro artículo del código penal cuando habla de delitos contra la integridad sexual, o sea, se elimina el atentado al pudor”, pero “se pretende forzar las interpretaciones, incluso cuando se habló del fallo de la Corte” planteó.
Mirta Morel, adhirió a los conceptos de la diputada Pértile y los argumentos jurídicos abonados por el jefe de su bancada Ricardo Sánchez “soy mamá de dos hijos maravillosos y Dios me dio la posibilidad de dar la vida y no somos quienes para juzgar y quitar la vida a otro ser, respetando mis principios cristianos no voy a acompañar el proyecto” expresó.
El diputado Sergio Vallejos manifestó que “aquí se está hablando del aborto no punible, pero estamos extendiendo a una discusión de hace mucho tiempo que tiene que ver con el aborto en general. Quiero decir que se habla de la importancia del debate en los distintos ámbitos, pero de la mano de la palabra debate viene la palabra de que los que opinan distinto, fundamentalistas que pretenden aplicar dogmas morales, también se dijo sectores conservadores. También se dijo que esta norma pretende la igualdad de la persona y sus derechos, ignorando que el feto es una persona que está en situación de indefinición”.
Fuente: Chaco día por día