Sociedad
Barranqueras también extiende el aislamiento social, preventivo y obligatorio
Fue dispuesto hasta el 28 de junio del 2020, a través de la resolución 812/ 20. Se establece que “todas las medidas que se vienen implementando desde la comuna, tienen como objetivo específico el bien común y el bienestar general de los habitantes de la ciudad portuaria”, según afirmó la intendente Magda Ayala.

Miércoles, 24 de junio de 2020
En el marco de los decretos de Nación y Provincia, 520/ 20 y 732/ 20 respectivamente, la Municipalidad de Barranqueras, conducida por la intendente Magda Ayala, resolvió prorrogar el aislamiento social, preventivo y obligatorio, desde el 22 de junio al 28 de junio del 2020, mediante la resolución 812/ 20.
En esta línea, la jefe comunal precisó que “esta nueva normativa prorroga las anteriores resoluciones de intendencia municipal como la 431/ 20, 434/20, 450/20, 451/20, 473/20, 475/20, 487/50, 555/20, 612/20, 726/20 y 734/20”.
Asimismo, la resolución 812/ 20 “dispone que las autoridades provinciales, en conjunto con las municipales, cada uno en su ámbito de competencia, dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio de los protocolos vigentes y de toda la legislación dispuesta en el marco de la Emergencia Sanitaria y sus normas complementarias”.
En esta línea, se resuelve conceder licencia extraordinaria, desde el 22 de junio del 2020 hasta el 28 de junio del 2020 inclusive, al personal municipal considerado como grupo de riesgo”.
En la resolución dictada se determina que “todo el personal que no sea convocado a cubrir guardias mínimas se considerará en Guardia Pasiva desde las 00 horas del 22 de junio del 2020 y hasta el 28 de junio del 2020”; y se autoriza al Secretario Coordinador de Gabinete a dictar los instrumentos necesarios para establecer las guardias mínimas y / o convocar al personal municipal que por su experiencia, oficio, idoneidad, especialidad y conocimiento especial sobre determinada materia y / o asunto, como así también en virtud del cargo y / o situación de revista que ostenta, A cumplir con las guardias mínimas en los lugares y horarios que oportunamente se establezcan”.
En otro de los artículos (9) de la resolución municipal 812, se establece que el Poder Ejecutivo municipal y/ o secretarios y/ o coordinadores podrán requerir a los agentes de la Municipalidad de Barranqueras, estudios, trabajos y/ o tareas que puedan realizarse desde su hogar y comunicarlos por vía electrónica y en casos de urgencia y necesidad podrá requerir la presencia y/ o labor activa del personal mediante el cumplimiento de guardias mínimas en las oficinas de la Municipalidad de Barranqueras y/ o donde la autoridad correspondiente determine.
Por otra parte, se determina la suspensión de los plazos administrativos a partir del 8 de junio del 2020 hasta el 28 de junio del 2020 a las 24 horas.
Sobre la suspensión de actividades, se dispone hasta el 28 de junio del 2020 a las 24 horas la suspensión de las siguientes actividades: 1) Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; 2) Eventos públicos y privados, sociales, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, clubes, cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas; 3) Restaurantes, bares y/ o cualquier actividad con o sin fin de lucro que implique la aglomeración o concurrencia de personas; 4) Actividades turísticas.
fuente: Chaco dia por dia