Provinciales
Por ley, sancionarán con hasta dos salarios o 10 días de arresto a quien maltrate a médicos o maestros
Cuatro proyectos fueron acumulados este jueves para elaborar el dictamen de una ley que se sancionó por mayoría simple y establece sanciones para quienes maltraten u ofendan a trabajadores de la salud o de la educación. Habrá multas de hasta dos salarios mínimo, vital y móvil o 10 días de arresto.
Viernes, 5 de junio de 2020
              
La Legislatura chaqueña incorporó, con el voto de la mayoría simple, el artículo 44 bis a la Ley 850-J y el artículo 44 ter a la Ley 850-J. En ambos casos se trata de sanciones que se establecen para quien “ofenda a trabajadores de la educación dentro del establecimiento educativo”, lo que implica también a conductas como hostigar, maltratar, menospreciar, insultar, perturbar emocional e intelectualmente o de cualquier otro modo ofender a un trabajador de la educación”.

En el mismo sentido refiere a quien tuviera tales actitudes con personal médico, enfermeros, personal de ambulancia o agentes sanitarios.


La normativa establece que las sanciones previstas con multas desde uno a dos salarios mínimo, vital y móvil o, en su defecto, de hasta 10 días de arresto efectivo.

El dictamen surgió de la acumulación de los proyectos de ley 804/20, 805/20, 4833/19 y el 6147/18 que fue cabecera del mismo.



Fuente: Chaco Día por Día
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