Impuestos
La AFIP habilitó la consulta online para conocer el motivo del rechazo de la ayuda para el pago de sueldos
La AFIP habilitó dentro de su página web, una consulta sobre el programa ATP, siendo este el canal de comunicación para averiguar el motivo de rechazo.
Viernes, 1 de mayo de 2020
              
La AFIP habilitó dentro de su página web, una consulta online sobre el programa de Ayuda al Trabajo y la Producción (ATP) siendo este el canal de comunicación para averiguar el motivo de rechazo.

Para ingresar al flamante apartado online, haga clic en el siguiente link: https://serviciosweb.afip.gob.ar/consultas/

Al ingresar a la pantalla, la AFIP comunica que se está por "generar la presentación de una Consulta Web a esta Administración Federal".

"Recuerde que en caso de que su consulta abarque más de una temática, deberá efectuar un ingreso por cada una de ellas", advierte el sitio.

Entre las consultas disponibles se encuentran:

- Ley 27.541 - Solidaridad Social y Reactivación Productiva
- Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP
- Impositiva
- Seguridad Social
- Aduanera
- Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el acceso y solicitud a los créditos a tasa cero para autónomos y monotributistas.

Lo hizo a través de la resolución general 4707 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

De acuerdo a la flamante normativa, los créditos a tasa cero podrán solicitarse desde el 4 de mayo próximo.

Sebastián M. Domínguez, Socio de SDC Asesores Tributarios, indicó a iprofesional, las 15 claves para acceder a los créditos a tasa cero de acuerdo al Decreto 332/2020, las Decisiones Administrativas 591/2020 y 663/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, las Comunicación A 6993 y B 12000 del Banco Central de la República Argentina y la Resolución General (AFIP) 4707.

¿Qué significa tomar un Crédito a Tasa Cero?

Significa que vas a tomar un crédito que no tendrá ningún costo para vos.

El Estado se hará cargo de pagar los intereses del crédito a los Bancos.

¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir para poder pedir el Crédito a Tasa Cero?

Estar inscripto en el Monotributo en cualquier categoría, desde la A a la K.

No debes estar encuadrado en situación crediticia 3, 4, 5 o 6. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto. Es decir, no debes tener deudas con atraso en el pago de más de 90 días.

No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal por un importe superior al 70% de la facturación en el período 12/03 al 12/04/2020.

No trabajar en relación de dependencia.

No ser beneficiario de una jubilación. Podes ser beneficiario de una pensión.

Que se haya verificado una disminución del monto de tu facturación electrónica del 12/03/2020 al 12/04/2020, de acuerdo con determinados parámetros.

En el caso que la AFIP no cuente con la información de tu facturación electrónica del 12/03/2020 al 12/04/2020, tus compras no deben haber superado determinados parámetros.
Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico en la AFIP.

¿Cuáles son los montos de la facturación que debo considerar para saber si puedo pedir el Crédito a Tasa Cero?

El monto de tu facturación electrónica, entre el 12/03/2020 y el 12/04/2020, no debe haber superado los importes que detallamos a continuación, de acuerdo con la categoría en la que estás inscripto.

¿Cuáles son los montos de las compras que debo considerar para saber si puedo pedir el Crédito a Tasa Cero?

Solamente en aquellos casos en que no esté disponible tu facturación electrónica emitida del 12/03/2020 al 12/04/2020, se van a analizar tus compras.

En estos casos, las compras no deberán ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que te encuentres registrado.


¿Cuál es el monto del Crédito a Tasa Cero que puedo solicitar?

El monto máximo del crédito que vas a poder solicitar depende de la categoría en la que estés inscripto.

¿Dónde me van a depositar el dinero y de qué manera?

El dinero te lo van a depositar en la tarjeta de crédito de tu titularidad que elijas.

Si no tenés tarjeta de crédito, podrás solicitar una en un Banco de forma remota, online y sencilla. También está previsto que puedas solicitar una "Cuenta a la vista para compras en comercios".

El dinero se depositará en tu tarjeta de crédito en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Por ejemplo, si el crédito es de $150.000, te van a depositar en la tarjeta de crédito $ 50.000 durante tres meses.

¿Voy a poder realizar retiros en efectivo de mi tarjeta de crédito?

No. Desde el momento de la primera acreditación y hasta la total cancelación del Crédito a Tasa Cero no se pueden de obtener adelantos de efectivo con la tarjeta de crédito.

¿Hay alguna prórroga en el pago de la cuota mensual del Monotributo?

No se ha dispuesto ninguna prórroga, pero si solicitas el Crédito a Tasa Cero, el Banco va a depositarte en cada una de las tres cuotas del crédito, la suma equivalente a tu cuota impositiva y previsional del Monotributo.

Luego del depósito, va a retener ese importe y lo transferirá a la AFIP.

En la práctica, vas a estar tomando un crédito por de la cuota impositiva y previsional del Monotributo de 3 meses y lo vas a devolver en el marco del Crédito a Tasa Cero.

Si estás a adherido al débito automático, tenés que solicitar el "stop debit" por los periodos fiscales que se cancelen bajo esta modalidad.

No obstante, tendrás derecho a la devolución anual de una cuota o media cuota del componente impositivo, según corresponsa, si cumplis con las condiciones del artículo 31 del Decreto 1/2020.



Fuente: iProfesional
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