Este Lunes
Se puso en funciones al comité provincial de prevención de torturas
El gobernador de la provincia participó hoy de la asunción de autoridades del comité provincial de prevención de torturas integrado por miembros de la sociedad civil, y de los cuatro poderes del estado. Es un ente autárquico y autónomo.

Lunes, 18 de junio de 2012
El gobernador Jorge Capitanich participó este lunes la asunción de las autoridades del Comité Provincial de Prevención de Torturas y otros Tratos y Penas Crueles Inhumanos y/o Degradantes del Chaco. Aseguró que es una acción más que aporta hacia la calidad institucional y hacia una sociedad abierta, plural y democrática.
En el acto Capitanich fue el encargado de tomar el compromiso público de quien presidirá el Comité; Mario Bosch. Por su parte el flamante presidente hizo lo propio con el resto de las autoridades del organismo: por el Poder Ejecutivo el secretario de Derechos Humanos, José Luis Valenzuela; las diputadas Nancy Mariel Gersel y Elba Gladis Altamiranda –representantes del Poder Legislativo-; el Fiscal en lo Penal Especial de Derechos Humanos, Francisco Daniel Turraca, quien será el representante en el Comité del Poder Judicial. Representando a la sociedad civil asumieron –además de Bosch- Benedicta Juana Ortíz de Penayo, Juan Carlos Goya, Bonifacio Saúl Rodríguez (representante de los pueblos originarios) y Juan César Penchasky (representante de los abogados).
El Comité fue creado por la Ley 6483; se articula con distintos actores y entes estatales, organizaciones no gubernamentales, y movimientos sociales interesados en la promoción y vigencia de la aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y su “protocolo facultativo”. Esta integrada por nueve miembros: cinco de la sociedad civil y cuatro representantes del estado (uno de cada poder). La misma ley establece que el Comité se constituirá como un ente “autárquico y autónomo” en el ejercicio de sus funciones, que no recibe instrucciones de ninguno de los poderes públicos del Estado.
La reglamentación además establece un “Deber de Colaboración” para con el Comité de todos los poderes del Estado provincial, autoridades, funcionarios y las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas cuya actividad se encuentre vinculada a los centros de detención, que ingresen dentro de la órbita de competencia del Mecanismo Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes, sin distinción de rango o jerarquía, ni excusa en órdenes de sus superiores, colaborarán con carácter obligatorio, urgente y de manera inmediata al mismo, para su pleno funcionamiento y la consecución de los fines previstos en la presente ley.