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Ministerio de Producción
Abogados de la Dirección de Fauna presentaron una denuncia contra la caza de un tapir

Ante hechos similares relacionados a la fauna silvestre se pueden realizar las denuncias correspondientes en la Dirección de Fauna (Remedios de Escalada 46).


Abogados de la Dirección de Fauna del Ministerio de Producción del Chaco se trasladaron hasta la comisaría de Colonia Unidas, donde presentaron una denuncia por la caza de un tapir que se visualizó a través de un video que está circulando a través de las redes sociales.

Esta denuncia también se efectuó en el Juzgado de Paz de aquella localidad para que se otorgue una orden de allanamiento al lugar donde se presume que ocurrió el hecho, a fin de recabar todas las pruebas pertinentes.

Se solicitó además la aplicación todas las medidas preventivas que autoriza el Código de Faltas de nuestra provincia. Los abogados remitieron pruebas que harían llegar al autor de esta actividad ilícita para que se proceda con la investigación y se llegue hasta las últimas consecuencias.

Con el aporte de todos los elementos, la Dirección de Fauna del Ministerio de Producción se presentará en la Fiscalía de Investigación Penal de San Martín para efectuar la denuncia penal correspondiente en los términos de los delitos previstos por la Ley Nacional 22.421.

Se hace saber a la población en general que ante cualquier hecho vinculado a la fauna silvestre se pueden efectuar las denuncias correspondientes en las oficinas de la Dirección de Fauna que están ubicadas en Remedios de Escalada 46 de la ciudad de Resistencia, al Teléfono 0362-4421428, al Celular 3624904774 o bien a través del correo electrónico recursosn812@gmail.com


El Tapir, Monumento Provincial

Vale recordar que la Ley 5887 dictada el 25/04/2007 se declaró “Monumento Natural Provincial” al Tapir (Tapirus Terrestris), conocido también como mboreví o anta, especie que es considerada amenazada y en peligro de extinción según la Convención Internacional para el Tráfico de Especies de Flora y Fauna Silvestres (CITES).

La norma también dispone la veda total y permanente para la caza de esta especie en todo el territorio de la provincia del Chaco.

En este sentido, la ley 5887 ordena la prohibición de su captura por cualquier medio, el acosamiento, persecución, tenencia, tránsito y comercialización de ejemplares de tapir, vivos o muertos, de sus despojos o elementos elaborados con éstos.


Delito penal

La ley nacional 22.421 de Conservación de la Fauna Silvestre establece en su artículo 25 que “será reprimido con prisión de dos (2) meses a dos (2) años y con inhabilitación especial de hasta cinco (5) años, el que cazare animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización estén prohibidas o vedadas por la autoridad jurisdiccional de aplicación”.



Fuente: Subsecretaría de Prensa






Viernes, 18 de mayo de 2018
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