Defensoría del Pueblo de Chaco
La Defensoría del Pueblo de Chaco solicitó ampliar los beneficiarios de la medida cautelar de comunidades aborígenes chaqueñas
Ante el pedido de la Defensoría del Pueblo de Chaco, llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación la solicitud de ampliar la nómina de beneficiarios de la medida cautelar que dictó el máximo tribunal a favor de las comunidades aborígenes chaqueñas.
Viernes, 22 de septiembre de 2017
              



La presentación la realizó la Defensoría del Pueblo de la Nación como parte actora de la causa y se basó en el informe que remitió el ombudsman chaqueño, Gustavo Corregido, donde explicaba la necesidad de asistencia a la población aborigen que aumentó considerablemente en diez años.

La actuación presentada ante la Corte lleva como carátula “afectación de derechos de la comunidad indígena” y en la misma se advierte que una gran cantidad de familias de Pampa del Indio y Río Bermejito no reciben el beneficio del módulo alimentario dispuesto por la resolución del tribunal en el año 2007, “pese a encontrarse radicadas dentro de la región establecida para la aplicación de la medida cautelar dictada ese año”.

La Defensoría Nacional adjuntó un censo en la presentación y pidió a la Corte Suprema de Justicia que de intervención al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a fin de que se amplíen los beneficiarios en función del relevamiento. En el expediente se destaca que la petición es necesaria resolverla de manera urgente por la importancia del tema y se pide mantener la vigencia cumpliendo con lo requerido mediante la entrega de bolsones con alimentos y agua potable para las comunidades.

Corregido destacó que “es fundamental mantener la vigencia porque son muchas las familias aborígenes que están dentro de esa jurisdicción que aún necesitan asistencia y que están expuestas a condiciones de vulnerabilidad social”. Además pidió que se resguarde el derecho de las comunidades y que se atienda la demanda en cuanto a viviendas, salud y educación.

Cabe recordar que la Corte Suprema ordenó en el 2007 al Estado chaqueño y al Estado nacional la adopción de las medidas necesarias para modificar la calidad de vida actual y para garantizar una real y efectiva calidad de vida digna de quienes habitan la región sudeste del departamento Gral. Güemes y noroeste del departamento Gral. San Martín de la provincia del Chaco, en su mayoría comunidades aborígenes.


Fuente: Prensa Defensoría del Pueblo de Chaco
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