Defensoría del Pueblo Ley de Acceso a la Información La Defensoría del Pueblo solicitó a los ministerios y organismos descentralizados de la Administración Pública, que se cumpla con el artículo 2 de la Ley Provincial Nº 6.431 de acceso a la información.
En un documento que lleva la firma del defensor del Pueblo, Gustavo Corregido y del defensor adjunto, Hugo Maldonado, se detalla que en todas las oficinas de atención al público, es obligatorio exhibir en un lugar bien visible para el ciudadano, el texto íntegro de dicha ley, que debe estar acompañado por un cartel con el texto: "SR. CIUDADANO, USTED TIENE DERECHO A LA INFORMACIÓN".
La norma prevé en su artículo 2 que “todas las actividades de los órganos comprendidos en la presente ley, estarán sometidos al principio de publicidad de sus actos. Los funcionarios responsables deberán prever una adecuada organización, sistematización, publicación y disponibilidad, asegurando un amplio y fácil acceso de la información que obre en su poder, esté bajo su control o haya sido producida por o para dicho sector”.
La nota fue entregada al gobernador de la provincia, Domingo Peppo, a Servicios Energéticos del Chaco, Empresa del Estado Provincial (S.E.Ch.E.E.P.), a Servicio de Agua y Mantenimiento Empresa del Estado Provincial (S.A.M.E.E.P.), a Lotería Chaqueña, al Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda (I.P.D.U.V.), al Instituto del Aborígen Chaqueño (I.D.A.CH.), al Ministerio de Desarrollo Social, de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Educación, Cultura Ciencia y Tecnología; de Gobierno, Justicia y Relación con la Comunidad de Hacienda y Finanzas Públicas; de Industria, Comercio y Servicios; de Infraestructura y Servicios Públicos; de Planificación, Ambiente e Innovación Tecnológica; de Producción, de Salud Pública y de Seguridad Pública.
Fuente: Prensa Defensoría del Pueblo
Lunes, 27 de junio de 2016
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