Defensa del Consumidor La Subsecretaría de Comercio detalló los alcances del registro “No llame” El subsecretario de la cartera, Ricardo Marimón, detalló los alcances del Registro Nacional “No llame”. Reiteró que el registro busca proteger a los usuarios de telefonía de los abusos del procedimiento de publicidad y venta de bienes o servicios no solicitados. “Es imperioso que la comunidad tome conocimiento de la Ley 26.951, para su implementación; ya que con anterioridad algunas provincias tenían registros locales, a modo de ejemplo lo menciono, que quién estuviere inscripto en el Registro de Capital y estando el Call Center establecido en Córdoba, lo podían llamar igual. Presentándose un problema de jurisdicción que favorecía claramente a las empresas. A través de la implementación de la ley de mención, esta situación no debe suscitarse más”, señaló Marimón. El funcionario recordó además que hasta la sanción de la ley no se tenía herramientas para salvaguardar los derechos de los usuarios, ante prácticas de abusivas, las cuáles ocurren a cualquier hora del día e incluso de madrugada. Marimón explicó que el bloqueo comienza a efectivizarse 30 días desde que el usuario se inscribe en el Registro Nacional No Llame, “a partir del cual el mismo debe dejar de recibir dichos llamados, porque las empresas de marketing directo, tienen la obligación de actualizar la lista al menos una vez por mes. Ante lo cual el usuario puede ser contactado dentro del mes, no después”. “Asimismo de no cumplimentar la ley antes referida se exponen a multas que van de 1.000 a 10.000 pesos. Si las denuncias son múltiples o hay reincidencia se puede llegar hasta la clausura de esta actividad”, añadió. El funcionario aclaró que hay excepciones en la ley, las cuales abarcan a “las llamadas de empresas que tienen una relación contractual vigente con el usuario, siempre que sean sobre el objeto estricto del vínculo y realizadas en forma y horarios razonables y según la reglamentación. Es decir, un cliente de una tarjeta de crédito sólo puede ser contactado por el banco sobre novedades de ese servicio, no otro”. “Por lo expuesto precedentemente vemos claramente que la norma está abierta a innovaciones telefónicas futuras, sin que ello implique ir en detrimento de los derechos de los consumidores y los derechos constitucionales que los amparan a los mismos”, remarcó. Por último, recordó las vías de comunicación y/o información viables para la comunidad, con la Subsecretaría de Comercio: Teléfonos: 0800-444-3346/4448036, los cuales estarán a su disposición de lunes a viernes de 7,30 Hs a 13,00 Hs. Correo Electrónico: dircomercio@yahoo.com.ar Página Web: www.defensadelconsumidor.chaco.gov.ar
Fuente: Chaco Día por Día
Domingo, 25 de enero de 2015
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